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El Estado mexicano retrocede en la procuración de los derechos de los hablantes de lenguas indígenas.

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El Estado mexicano retrocede en la procuración de los derechos de los hablantes de lenguas indígenas.
El estado mexicano y sus instituciones, en especial las relacionadas con los ámbitos judicial, de salud, agraria y comunitaria, entre otras, en los años recientes en lugar de avanzar ha retrocedido en el fomento y procuración de los derechos de los hablantes de lenguas indígenas, tanto en la Ciudad de México como en el resto del país.

En el marco del Día Internacional del Traductor e Intérprete, la Organización de Traductores Intérpretes Interculturales y Gestores en Lenguas Indígenas A.C (OTIGLI A.C), advirtió que la reducción en el número de hablantes de lenguas indígenas en México y de solicitudes de servicios de traductores indígenas en ámbitos mencionados, son muestra de los anterior

En conferencia de prensa, Fausto de Jesús González, Guillermo Alejo y María López, integrantes del consejo de OTIGLI A.C, aseguraron que por lo anterior es necesario ”redireccionar” la política gubernamental con respecto a la defensa de las lenguas indígenas, ya que la imagen de defensa y respeto a las comunidades y grupos indígenas que presenta el gobierno mexicano no se traduce en resultados ni hechos concretos.

A continuación el texto del comunicado entregado por OTIGLI A.C en dicha conferencia de prensa:

En el marco del Internacional del Traductor, la Organización de Traductores Intérpretes Interculturales y Gestores en Lenguas Indígenas A.C. OTIGLI A.C. hace un llamado a las instituciones públicas de la Ciudad de México y de todo México a garantizar, en la práctica, los derechos lingüísticos de los pueblos y comunidades indígenas. La diversidad lingüística de nuestro país constituye una riqueza cultural y un elemento fundamental de la identidad de los pueblos indígenas. El marco jurídico mexicano reconoce el derecho de las personas hablantes de lenguas indígenas a comunicarse en su propia lengua y establece obligaciones para que puedan acceder plenamente a los servicios públicos, a la justicia y otros ámbitos sin que la lengua constituya una barrera.

La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, reconoce el derecho de toda persona hablante de una lengua indígena a comunicarse en ella, tanto en el ámbito público como privado. Asimismo, establece el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a acceder a la jurisdicción del Estado en su lengua y dispone que las autoridades responsables de la procuración y administración de justicia provean lo necesario para que sean asistidos gratuitamente por intérpretes y defensores con conocimiento de su lengua y cultura.

La legislación específica de la Ciudad de México, también establece que las lenguas indígenas nacionales habladas en la capital del país son válidas, al igual que el español, para asuntos y trámites públicos y reconoce el derecho de las personas hablantes de lenguas indígenas a acceder a los servicios públicos en sus propias lenguas, con derecho a intérprete o traductor. Desde el plano institucional y legislativo han mostrado interés en el tema; sin embargo, no son suficientes cuando no se aterrizan a la realidad y persisten prácticas de racismo estructural, que impiden el pleno cumplimiento de estos derechos, por lo que consideramos necesario visibilizar los siguientes retos que persisten en la práctica:

Insuficiencia de intérpretes y traductores para determinadas lenguas y, particularmente, para algunas variantes lingüísticas.
Falta de compromiso de las instituciones Públicas para la formación especializada a intérpretes y traductoras en el ámbito de justicia, salud, administrativo, comunitario y derechos humanos.
Dificultades en la contratación y pago oportuno de los servicios profesionales.
Falta de reconocimiento suficiente de la responsabilidad profesional que implica interpretar o traducir en contextos donde están en juego derechos fundamentales.
Necesidad de fortalecer la perspectiva intercultural de las instituciones públicas.

La existencia de un marco jurídico que reconoce este derecho constituye un avance fundamental; el desafío es asegurar que ese reconocimiento se traduzca en prácticas institucionales efectivas y accesibles para las personas y comunidades indígenas. Hoy reconocemos especialmente a quienes contribuyen a que las lenguas indígenas estén presentes en los tribunales, fiscalías, defensorías, hospitales, escuelas, instituciones públicas y demás espacios donde se ejercen derechos lingüísticos. La interpretación y traducción en lenguas indígenas no es un favor ni una concesión: es una herramienta para hacer efectivos derechos reconocidos jurídicamente. Desde OTIGLI A.C. reiteramos nuestro compromiso con la profesionalización, dignificación y reconocimiento de las personas intérpretes y traductoras de lenguas indígenas y con esto incidir en la construcción de instituciones públicas verdaderamente interculturales.

“Ninguna lengua debe ser una barrera para ejercer un derecho.” Por la dignificación de quienes interpretan y traducen nuestras lenguas indígenas de México.

“EL PODER DE LA PALABRA INDIGENA”

Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2026.